Para renunciar a su número de la Seguridad Social, probablemente tendría que renunciar a su ciudadanía, ya que el mero hecho de salir de Estados Unidos, convertirse en un expatriado permanente, etc. no sería suficiente.
Sin embargo, pagar los impuestos de la Seguridad Social es obligatorio. Incluso si sus ingresos superan los límites de la prueba de recursos, usted está obligado a pagar los impuestos de la Seguridad Social (FICA) sobre los ingresos que están por debajo.
Dicho esto, hay varios grupos que están exentos de pagar impuestos a la Seguridad Social, según lo que he podido averiguar buscando en Internet.
- Estudiantes universitarios que trabajan bajo el programa Federal Work Study. (http://turbotax.intuit.com/tax-tools/tax-tips/General-Tax-Tips/Who-Is-Exempt-from-Paying-Social-Security-Tax-/INF19965.html)
- Trabajadores de la administración estatal o local (como profesores, trabajadores municipales, policías, bomberos, etc.) contratados antes del 31 de marzo de 1986 y que participan en los sistemas de jubilación alternativos de sus empleadores.
- Trabajadores autónomos con ingresos netos anuales inferiores a 400 $
- Los ministros, los miembros de determinadas órdenes religiosas y los practicantes de la Ciencia Cristiana pueden presentar el formulario 4361 del IRS para quedar exentos de los impuestos sobre el trabajo por cuenta propia, incluidos los impuestos FICA. Sin embargo, el panorama es más complicado que esto (véase más adelante).
- Todos los miembros de ciertos grupos religiosos, como los amish, los menonitas, etc. (http://ssa-custhelp.ssa.gov/app/answers/detail/a_id/514/%7E/religious-groups-exempt-from-social-security)
- Los trabajadores electorales que ganen 1.000 dólares o menos al año.
- Hijos menores de edad con ingresos procedentes del trabajo doméstico pero para los que el trabajo doméstico no es su ocupación principal.
Si no forma parte de uno de estos grupos o se ha incorporado a ellos después de estar ya inscrito en el sistema de la Seguridad Social (es decir, ha pagado los impuestos FICA, etc.), no tiene que cobrar la Seguridad Social, pero no está exento de los impuestos FICA sobre la nómina. Esto significa que no puedes simplemente convertirte en Amish y estar exento si ya has pagado al sistema.
Muchas de estas respuestas fueron listadas aquí , pero la única fuente declarada es “Wikipedia”, así que tómalo con un grano de sal. He intentado proporcionar otras fuentes cuando he podido.
Ministros/funcionarios religiosos
He mencionado que la situación con los ministros y/o funcionarios religiosos es más complicada. Entre otras cosas, estos funcionarios tienen que certificar que se oponen religiosamente a recibir prestaciones del seguro público y tienen que presentar la solicitud en un plazo determinado poco después de ganar una determinada cantidad como ministro. Además, si presenta esta exención y decide revocarla más tarde, por ejemplo, presentando el formulario 2031 del IRS, durante los breves plazos en que esto es posible, ya no podrá solicitar otra exención. Una vez que revoque su exención, no obtendrá otra.
Tenga en cuenta también que esta exclusión sólo se aplica a los ingresos obtenidos como parte de su ministerio. Para los ingresos no ministeriales, todavía está obligado a pagar los impuestos FICA, incluso si sigue el procedimiento(s) anterior(es).
Si opta por la exclusión
Claramente, optar por la exclusión de la Seguridad Social no es fácil, o incluso factible, para muchas personas, pero si está fuera del sistema, el sentido común dicta que debe asegurarse contra los riesgos que normalmente estarían cubiertos, al menos en parte, por la Seguridad Social. Dave Ramsey mantiene una lista de tales inversiones que recomienda que compren los ministros y funcionarios religiosos que optan por no pertenecer al sistema de la Seguridad Social, pero el razonamiento se aplica a cualquiera que no forme parte del sistema.
Un seguro de vida a plazo que cubra 10 veces sus ingresos anuales. Normalmente, su cónyuge o las personas a su cargo recibirán una prestación por defunción de la Seguridad Social al fallecer usted, pero si opta por la exclusión, su familia no tiene esta opción. No obstante, dado que la prestación por fallecimiento es una pensión (255 $), es posible que quiera contratar un seguro de vida independientemente de su participación en la Seguridad Social.
Seguro de invalidez de larga duración. Si queda incapacitado, no recibirá las prestaciones por incapacidad, por lo que puede querer un seguro que cubra este riesgo.
Seguro de asistencia a largo plazo. Al igual que el seguro de incapacidad, es posible que quiera contar con ingresos adicionales para cubrirse en caso de que necesite cuidados de larga duración, y Medicaid no sea suficiente.
Otros ahorros para la jubilación. Si no va a ingresar dinero en la Seguridad Social, tiene sentido invertir ese dinero en algún tipo de cuenta de jubilación con ventajas fiscales o protegida de impuestos para asegurarse de que sigue teniendo _algunos ingresos en la jubilación. No recibirá cheques de la Seguridad Social, pero seguirá necesitando ingresos.
Dependiendo de sus circunstancias, puede ser una buena idea invertir en algunos o todos estos instrumentos de todas formas (especialmente en cuentas de jubilación con ventajas fiscales o protegidas de impuestos), porque la Seguridad Social no cubre el 100% de los riesgos a los que se enfrentará, pero esa decisión es muy específica para cada persona/familia.